 
                                        DOMICILIO FISCAL
    								15.08.2009 00:00								
    								
    									
                                
 
                                
                                
                                
                                
 Será el lugar donde esté situada la dirección o administración principal y efectiva, entendiéndose por éste, el lugar donde se ejerce la administración superior ejecutiva o gerencial. De existir más de una unidad de explotación se considerará que se ejerce en la sede de la explotación principal.
Fuente: Art. 3 Ley 11.683  y Art. 3 RG 2109/06
    									
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